La inactividad de una sociedad no condiciona la obligación de llevar la contabilidad, que sigue existiendo, por lo que debemos continuar con la llevanza del libro Diario y del libro de Inventarios y Cuentas anuales, los cuales tienen que seguir presentándose para su legalización telemática (junto con el libro de actas) y con la formulación y presentación de las cuentas anuales para su depósito en el Registro Mercantil.
Formas de Presentación
EN PAPEL:
Deberán presentarse en una carpeta junto con la instancia de presentación y la certificación de aprobación de cuentas que no hace falta que tenga la firma legitimada; todos los modelos serán normalizados y totalmente cumplimentados.
Los formularios pueden descargarse, de forma gratuita, en formato PDF rellenable.
EN CD/DVD:
Ha de hacerse desde el programa D2 que proporciona el Colegio de Registradores, no el Registro.
Han de traerse al Registro en una carpeta:
DE FORMA TELEMÁTICA:
Ha de hacerse desde el programa D2 que proporciona el Colegio de Registradores, no el Registro.
Subsanación de defectos
Para retirar un depósito de cuentas que se haya presentado en papel y haya sido calificado defectuoso, hay que presentar cualquiera de los siguientes documentos:
La instancia de presentación original.
El correo electrónico con el que se les notificó el defecto.
Una autorización expedida por el Administrador vigente.
Para subsanar unas cuentas presentadas de forma telemática mixta, habrán de hacer un nuevo envío con las correcciones pertinentes y venir al Registro a retirar la documentación en papel que se envió en su momento para poder adjuntar el nuevo acuse de recibo
Para subsanar unas cuentas presentadas de forma telemática completa, basta con hacer un nuevo envío con las correcciones pertinentes, marcando SUBSANACIÓN.